Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia rechazó el requerimiento del Fiscal Nacional Económico contra la Cámara de Comercio de Santiago A.G. por supuesto abuso de posición de dominio al cobrar tarifas por las 'aclaraciones' en el Boletín de Informaciones Comerciales. El FNE argumentó que la CCS debía actualizar automáticamente los registros de morosidad sin cobrar, basándose en la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada. La CCS defendió que el cobro era legítimo y autorizado por decretos históricos. El tribunal consideró que no se acreditó un abuso de posición de dominio ni una infracción a la libre competencia, ya que las tarifas no eran discriminatorias ni excesivas. Sin embargo, recomendó a la Superintendencia de Bancos adoptar medidas para que las entidades financieras comuniquen los pagos de deudas, eliminando las tarifas a partir de 2010. La sentencia no condenó en costas al FNE por haber tenido motivos plausibles.