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El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo de acceso a la información presenta…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo de acceso a la información presentado en contra de la Municipalidad de San José de Maipo, por solicitudes de información pública sobre planos urbanos, zonas individualizadas, documentos necesarios para construir y actas de recepción. El Consejo acogió parcialmente el amparo y ordenó la entrega de parte de lo pedido, previo tarjado de datos personales y sensibles, por considerar que se trataba de información pública y que no se acreditó causal de reserva alguna. Respecto de los mapas topográfico y geológico y de otros requerimientos, dispuso derivar la solicitud al Instituto Geográfico Militar, al Servicio Nacional de Geología y Minería y al Instituto Nacional de Estadísticas, por estar estos organismos en mejor posición para pronunciarse. Rechazó el amparo en lo relativo a otros numerales, por haberse satisfecho lo requerido o por haber explicado el órgano que la información no obraba en su poder.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Oficio N° 23242
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Debe una municipalidad entregar planos urbanos y documentos de recepción de obras si se le solicitan por transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente el amparo y ordenó entregar parte de lo pedido sobre planos, zonas y actas de recepción, por tratarse de información pública sin causal de reserva acreditada. Previamente debe tarjarse los datos personales y sensibles.

¿Qué ocurre si un órgano público no tiene en su poder la información que se le pide por transparencia?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo en los numerales en que la municipalidad explicó que la información no obraba en su poder. Respecto de mapas topográficos y geológicos, derivó la solicitud a organismos como el Instituto Geográfico Militar y el Servicio Nacional de Geología y Minería.

¿Puede el Consejo para la Transparencia derivar una solicitud de información a otro organismo?

En este caso, el Consejo dispuso derivar parte de las solicitudes al Instituto Geográfico Militar, al Servicio Nacional de Geología y Minería y al Instituto Nacional de Estadísticas, por considerar que estos organismos estaban en mejor posición para pronunciarse.

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