Resumen
La Contraloría General de la República resolvió desestimar los reclamos presentados contra un concurso interno de promoción realizado en el Servicio de Salud Metropolitano Norte, por no configurarse los vicios alegados. Los recurrentes sostuvieron que otorgar más puntaje a una mayor preparación académica implicaba un actuar arbitrario, y que las tablas de puntaje por antigüedad carecían de fundamento técnico. El organismo contralor concluyó que la autoridad puede establecer las condiciones que estime pertinentes para precisar quiénes deben ser promovidos, y que las tablas de antigüedad se ajustan al artículo 37 del decreto N° 69, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que exige asignar puntaje objetivo a los años de servicio, sin anomalías en su distribución. Asimismo, descartó la vulneración de los principios de igualdad y no discriminación respecto de las actividades del factor aptitud para el cargo, pues bastaba acreditar tres de nueve actividades para obtener el máximo puntaje.