Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el cálculo del feriado progresivo de un funcionario del Consejo para la Transparencia, quien había servido 30 años en Carabineros de Chile antes de ser contratado en forma indefinida por ese organismo en 2010. El Consejo sostuvo que, conforme al artículo 68, inciso segundo, del Código del Trabajo, no procede considerar la totalidad del tiempo servido para el empleador anterior, pues la norma fija un límite de diez años. La Contraloría recordó su criterio previo: se exigen diez años de trabajo previo para uno o más empleadores, con o sin solución de continuidad, y luego al menos tres años ininterrumpidos para un mismo empleador sujeto al Código del Trabajo, siendo los demás lapsos inútiles para esos efectos. Concluyó que el organismo debe reconocer diez años trabajados para el empleador anterior y que, cumplidos tres años desde la contratación, el funcionario tendrá derecho a un día adicional sobre su feriado básico de 15 días hábiles previsto en el artículo 67.