Resumen
La Contraloría General de la República reconsideró su dictamen N° 37.965, de 1997, y toda jurisprudencia en contrario, a partir de la interpretación del artículo 16 de la ley N° 19.234 contenida en un pronunciamiento posterior. Conforme a ese criterio, la incompatibilidad allí prevista afecta solo a beneficios previsionales otorgados sobre imposiciones en el antiguo régimen hasta el 10 de marzo de 1990, de modo que una pensión no contributiva es compatible con otras pensiones basadas en cotizaciones posteriores a esa fecha. En el caso, el recurrente percibía una pensión de inutilidad en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, otorgada por servicios militares posteriores a su exoneración por motivos políticos, mientras que se le había concedido una pensión no contributiva por gracia que cubría imposiciones anteriores. Como ambos beneficios se fundan en períodos cuya incompatibilidad se configura, la Contraloría concluyó que el Instituto de Previsión Social actuó conforme a derecho al exigir que el interesado optara entre ambos.