Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República dictaminó que no procede conceder a exfuncionari…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2018

Resumen

La Contraloría General de la República dictaminó que no procede conceder a exfuncionarias de la Junta Nacional de Jardines Infantiles la bonificación adicional establecida en la ley N° 20.948, por remisión de la ley N° 21.003, cuando ya obtuvieron con anterioridad el beneficio del artículo 5° de la ley N° 20.648. La ley N° 21.003 permite a exfuncionarias de la JUNJI que tuvieron derecho a la bonificación por retiro de la ley N° 19.882 acceder al estipendio adicional, pero su disposición transitoria excluye expresamente a quienes ya percibieron emolumentos homologables de otras causas, como los de la ley N° 20.648. La Contraloría fundó esta incompatibilidad en su jurisprudencia previa, según la cual la prohibición busca impedir que se computen lapsos ya utilizados para un beneficio de incentivo al retiro. Constatando que las recurrentes habían renunciado voluntariamente para acceder a los beneficios de la ley N° 20.648 mediante resoluciones de la JUNJI, concluyó la improcedencia del beneficio solicitado.

Normas citadas

  • ley 21003 art/1 num/6
  • ley 21003 art/cuarto tran inc/1
  • ley 21003 art/cuarto tran inc/fin
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede una exfuncionaria de la JUNJI recibir la bonificación adicional de la ley 21.003 si ya obtuvo el beneficio de la ley 20.648?

No, según este dictamen de la Contraloría General de la República. La disposición transitoria de la ley 21.003 excluye expresamente a quienes ya percibieron emolumentos homologables de otras causas, como los de la ley 20.648, por lo que no procede el beneficio adicional en esos casos.

¿Por qué la Contraloría niega la bonificación adicional a exfuncionarias de la JUNJI que ya recibieron incentivos al retiro?

La Contraloría fundó la improcedencia en su jurisprudencia previa, según la cual la prohibición busca impedir que se computen lapsos ya utilizados para un beneficio de incentivo al retiro. En este caso, constató que las recurrentes habían renunciado voluntariamente para acceder a la ley 20.648.

¿Qué exfuncionarios de la JUNJI pueden acceder al estipendio adicional de la ley 21.003?

Según este dictamen, la ley 21.003 permite acceder al estipendio adicional a exfuncionarias de la JUNJI que tuvieron derecho a la bonificación por retiro de la ley 19.882. Sin embargo, quienes ya percibieron emolumentos homologables de otras causas quedan excluidas.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2018 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de una ex funci…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2019

  • La Contraloría General de la República resolvió una consulta de una exfuncionaria de la…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2018

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de dos ex funciona…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2018

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de una exfuncion…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

  • La Contraloría General de la República determinó que no procede conceder la totalidad d…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2021

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.