Resumen del criterio jurisprudencial
El recurso de nulidad, como todo medio de impugnación de resoluciones judiciales, exige la existencia de agravio, esto es, un perjuicio reparable sólo con la declaración de nulidad, pero tal gravamen necesariamente tiene que afectar de manera directa al recurrente, vulnerando las garantías constitucionales que alude. No es posible dar por afectadas las garantías del respeto y protección a la vida privada, la inviolabilidad del hogar y el derecho de propiedad del aludido cuando quienes tienen la titularidad y sí podrían alegar alguna perturbación en tal sentido son terceros en la causa, específicamente aquellos ocupantes de los departamentos independientes del lugar donde la medida debía cumplirse y que sufrieron o pudieron sufrir alguna molestia o incomodidad con lo invasivo de la orden judicial otorgada 1. 1 En el mismo sentido, ver fallo de la Excma. Corte Suprema dictado en el recurso de nulidad ingreso N°.