Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República resolvió que no correspondía que el alcalde de l…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República resolvió que no correspondía que el alcalde de la Municipalidad de Alhué dispusiera la suspensión preventiva de funciones de un funcionario durante la tramitación de un sumario, pues esa facultad corresponde al procedimiento disciplinario y puede ser ponderada por el fiscal. Se ordenó a la municipalidad regularizar la situación e informar en 20 días hábiles. Respecto de la solicitud de que el organismo asumiera la prosecución del sumario, se resolvió no accederla, por no ameritarlo los antecedentes aportados. En cuanto al pago de remuneraciones reclamado desde la destitución, se indicó que, al haberse ordenado la reapertura del sumario en un recurso de protección, corresponde a los tribunales determinar su alcance, por lo que la Contraloría no se pronunció sobre ello.

Normas citadas

  • ley 18883 art/156 inc/1
  • ley 18883 art/134 inc/1
  • ley 18883 art/134 inc/2
  • ley 18883 art/134 inc/3
  • ley 10336 art/6 inc/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede el alcalde suspender preventivamente de sus funciones a un funcionario municipal mientras se tramita un sumario administrativo?

En este caso, la Contraloría General de la República resolvió que no correspondía que el alcalde de Alhué dispusiera la suspensión preventiva, pues esa facultad corresponde al procedimiento disciplinario y puede ser ponderada por el fiscal. Ordenó regularizar la situación e informar en 20 días hábiles.

¿Puede la Contraloría asumir la prosecución de un sumario administrativo municipal a solicitud de un funcionario?

En este caso, la Contraloría General de la República no accedió a asumir la prosecución del sumario, por no ameritarlo los antecedentes aportados. El pronunciamiento se limitó a esa solicitud con los antecedentes presentados.

¿Quién debe decidir sobre el pago de remuneraciones a un funcionario destituido cuando el sumario fue reabierto por un recurso de protección?

En este caso, la Contraloría General de la República no se pronunció sobre el pago de remuneraciones desde la destitución. Indicó que, al haberse ordenado la reapertura del sumario en un recurso de protección, corresponde a los tribunales determinar su alcance.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2016 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre un sumario administrativo y l…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República rechazó el reclamo de ilegalidad presentado por…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República desestimó el reclamo de ilegalidad presentado po…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto con…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.