Laboral

Las comisiones de los trabaja­dores sujetos a este sistema de remuneraciones deben calc…

Resumen del criterio jurisprudencial

Las comisiones de los trabaja­dores sujetos a este sistema de remuneraciones deben calcu­lar­se sobre el valor neto de ven­ta al público, excluyéndose de él, el Impuesto al Valor Agre­gado I.V.A., a excepción de aquellos casos en que en vir­tud de una convención, se de­terminen sobre el valor bru­to de la venta.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.