Resumen del criterio jurisprudencial
No se ajustan a derecho las modalidades remunerativas denominadas comisión y participación, establecidas y reguladas, entre otras, por las cláusulas primera y segunda, respectivamente, del anexo de contrato de trabajo entre vendedores y la empresa A.F.P. Provida, por las razones expuestas en el cuerpo del presente dictamen, especialmente el hecho de sujetar las remuneraciones señaladas a un supuesto distinto del establecido en la ley como es la voluntad de un tercero ajeno a la relación laboral.