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El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Mun…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Municipalidad de Valdivia por la negativa a entregar información sobre los permisos de obra nueva, incluyendo el nombre de la empresa constructora, el responsable de la obra y los permisos de obras preliminares o demolición asociados. El Consejo ordenó la entrega de esos antecedentes, tarjando los datos personales que no correspondan, pero manteniendo los nombres y firmas de los profesionales que intervinieron en los proyectos, en aplicación del principio de divisibilidad. Asimismo, rechazó el amparo respecto de los datos de contacto del responsable de la obra (correo y teléfono), por considerar que no son exigibles para el permiso, no revisten un interés público prevalente y no son necesarios para el control social del procedimiento. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.

Normas citadas

  • DFL 458 1976 - Ley General de Urbanismo y Construcción
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoOtros

Preguntas frecuentes

¿Se pueden entregar los antecedentes de permisos de obra nueva que tiene una municipalidad, como el nombre de la constructora y del responsable de la obra?

En este caso, el Consejo para la Transparencia ordenó a la municipalidad entregar esos antecedentes, incluidos los permisos de obras preliminares o demolición asociados, tarjando solo los datos personales que no correspondan.

¿Los nombres y firmas de los profesionales que intervienen en un proyecto de construcción son públicos según la Ley de Transparencia?

El Consejo resolvió mantener los nombres y firmas de los profesionales que intervinieron en los proyectos, aplicando el principio de divisibilidad para entregar la información no reservada.

¿Procede entregar los datos de contacto, como correo y teléfono, del responsable de una obra municipal?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo respecto de esos datos, por considerar que no son exigibles para el permiso, no tienen un interés público prevalente y no son necesarios para el control social. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones.

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