Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoRechaza

El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto contra la Municipalidad…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto contra la Municipalidad de Colina por la negativa a entregar antecedentes sobre permisos de edificación. Respecto del nombre de la empresa constructora y del responsable de la obra, el Consejo concluyó que el órgano cumplió su deber de informar al indicar al requirente cómo acceder a estos antecedentes en su sitio de transparencia activa, conforme al artículo 15 de la Ley de Transparencia y la Instrucción General N° 10. En cuanto a los datos de contacto del responsable de la obra, el Consejo estimó que no procedía su entrega por tratarse de datos personales de terceros, aplicando la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia en relación con la Ley N° 19.628, al considerar que su publicidad afectaría en forma presente o probable derechos de terceros. Por último, se declaró inoficioso pronunciarse sobre la causal de distracción indebida de funcionarios invocada por el municipio.

Normas citadas

  • Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Cumple un órgano público su deber de informar si remite al solicitante a su sitio de transparencia activa para acceder a la información?

En este caso, el Consejo para la Transparencia estimó que la Municipalidad cumplió su deber de informar al indicar al requirente cómo acceder a los antecedentes en su sitio de transparencia activa, conforme al artículo 15 de la Ley de Transparencia y la Instrucción General N° 10.

¿Procede entregar los datos de contacto del responsable de una obra de construcción si se solicitan vía Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo concluyó que no procedía entregarlos por tratarse de datos personales de terceros, aplicando la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia en relación con la Ley N° 19.628, porque su publicidad afectaría derechos de terceros.

¿Qué resuelve el Consejo para la Transparencia cuando un municipio alega distracción indebida de funcionarios para negar una solicitud de información?

En este caso, el Consejo se declaró inoficioso para pronunciarse sobre la causal de distracción indebida de funcionarios invocada por el municipio, por lo que no emitió un criterio sobre ella.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2022 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo contra la Municipalidad de Antofaga…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Mun…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra la Municipalidad…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Mun…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Mun…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.