La sentencia establece que las personas contratadas por la Administración del Estado a…
Sentencia · Corte Suprema
Resumen
La sentencia establece que las personas contratadas por la Administración del Estado a honorarios pueden quedar sujetas a las normas del Código del Trabajo cuando la vinculación reúne, en los hechos, las características propias de una relación laboral. Se determina que el elemento caracterizador fundamental es la subordinación y dependencia del trabajador respecto del empleador. La Corte analiza los indicios de existencia de relación laboral, tales como obligación de asistencia, cumplimiento de horario, sometimiento a instrucciones y supervigilancia. En el caso concreto, un profesional contratado a honorarios por un SERVIU se desempeñó bajo condiciones incompatibles con una prestación de servicios civil, presentando características propias del Código del Trabajo. La sentencia acoge el recurso de unificación de jurisprudencia, aplicando las normas laborales al contrato de honorarios.
Normas citadas
Código del Trabajo, artículo 7º
Código del Trabajo, artículo 8º
Estatuto Administrativo
contrato de honorariosrelación laboralsubordinacióndependenciaAdministración del EstadoCódigo del Trabajoindicios de laboralidadSERVIU
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.