LaboralAcoge

La sentencia establece que una persona contratada a honorarios por una municipalidad, c…

Sentencia · Corte Suprema

Resumen

La sentencia establece que una persona contratada a honorarios por una municipalidad, cuando en la práctica presta servicios bajo un régimen de subordinación y dependencia, se rige por las normas del Código del Trabajo y no por el Estatuto Administrativo Municipal. El caso específico trata de un trabajador que desempeñó labores de mantenimiento de áreas verdes bajo múltiples contratos a honorarios, cumpliendo órdenes y horarios establecidos por la municipalidad. La corte determina que la existencia de indicios materiales de subordinación clásica, como el cumplimiento de órdenes, horarios y condiciones fijadas por el empleador, configura una relación laboral. Se rechaza la aplicación del artículo 4º del Estatuto Administrativo y se aplica el Código del Trabajo como norma general en materia laboral.

Normas citadas

  • Código del Trabajo
  • Artículo 4º del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales
  • Artículo 1º del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales
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