El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado por un particular en con…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado por un particular en contra de la Municipalidad de Puerto Varas por la falta de entrega de información solicitada. El Consejo acogió parcialmente el reclamo: tuvo por entregada la información referida al reglamento modificado, al acta del comité de selección de un concurso público, a los antecedentes presentados por un postulante y a la notificación practicada al funcionario seleccionado, aunque de forma extemporánea, pues el municipio la complementó recién en sus descargos ante el Consejo. Asimismo, rechazó el amparo respecto de la copia del Decreto N° 4.050, por estimar que el órgano lo entregó oportunamente y que no existe otro decreto con esa numeración y contenido distinto. La resolución se adoptó por unanimidad de los miembros presentes y se notificó a las partes, indicando que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en el plazo de 15 días corridos.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 18.883
Ley N° 19.880
Ley N° 18.575
Artículo 19 de la Ley N° 18.883
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si un municipio entrega la información pedida en una solicitud de transparencia solo después de presentado el amparo?
En este caso, el Consejo para la Transparencia tuvo por entregada la información, pero de forma extemporánea, porque el municipio la complementó recién en sus descargos ante el Consejo. Por ello, acogió parcialmente el reclamo.
¿Cuándo el Consejo para la Transparencia rechaza un amparo por falta de entrega de información?
En este caso, el Consejo rechazó el amparo respecto de la copia de un decreto municipal, porque estimó que el órgano lo entregó oportunamente y que no existe otro decreto con esa numeración y contenido distinto.
¿Cuál es el plazo para reclamar de ilegalidad una resolución del Consejo para la Transparencia que resuelve un amparo?
En este caso, la resolución indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro del plazo de 15 días corridos desde su notificación a las partes.
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