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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información interpuest…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información interpuesto por un particular contra la Municipalidad de Alto Biobío. La solicitud consultaba por los apoyos que el municipio brinda, junto a agentes privados externos, en materia de violencia intrafamiliar, por los registros de denuncias del municipio y por los protocolos de violencia intrafamiliar aplicables en contextos de crisis natural, social o sanitaria, destinados a ayudar a familias y testigos. Durante el procedimiento, el órgano respondió derechamente las consultas en sus descargos, comunicando la información al reclamante en la casilla electrónica señalada por él. El Consejo estimó que esa respuesta permitía satisfacer lo consultado, por lo que tuvo por entregada la información, aunque de forma extemporánea. La decisión fue adoptada por unanimidad y contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de FondoOtros

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un municipio responde tarde una solicitud de acceso a la información pública, pero entrega lo pedido durante el amparo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo porque la Municipalidad de Alto Biobío respondió derechamente las consultas en sus descargos y comunicó la información al reclamante. El Consejo tuvo por entregada la información, aunque de forma extemporánea.

¿Puede el Consejo para la Transparencia dar por satisfecho un amparo si el órgano entrega la información durante el procedimiento?

En este caso, el Consejo estimó que la respuesta del órgano en sus descargos permitía satisfacer lo consultado, por lo que tuvo por entregada la información. La decisión se adoptó por unanimidad.

¿Contra qué resolución del Consejo para la Transparencia en amparos de acceso a la información procede reclamo de ilegalidad?

En este caso, la decisión del Consejo para la Transparencia que acogió el amparo puede ser reclamada mediante reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente. Así lo indica el resumen de la resolución.

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