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El Consejo para la Transparencia resolvió acoger un amparo interpuesto contra la Munici…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió acoger un amparo interpuesto contra la Municipalidad de Papudo, relativo a la solicitud de información sobre casos de violencia intrafamiliar, incluyendo, cuando corresponda, copia de pautas, protocolos, procesos, presupuestos, apoyo y programas. El Consejo ordenó a la municipalidad entregar lo requerido o, si algún antecedente no existe o no obra en su poder, señalarlo de manera expresa y fundada tanto al reclamante como al Consejo. La decisión se fundó en que se trata de información pública que debe obrar en poder del municipio, en que no se alegaron causales de reserva y en el evidente interés público de la materia. Se otorgó un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para cumplir, con acreditación de la entrega. Contra esta resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en el plazo de 15 días corridos.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Debe una municipalidad entregar información sobre casos de violencia intrafamiliar si alguien la solicita por Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y ordenó a la Municipalidad de Papudo entregar lo requerido sobre violencia intrafamiliar, por tratarse de información pública que debe obrar en su poder, sin que se alegaran causales de reserva. Si algún antecedente no existe, debe señalarlo de manera expresa y fundada.

¿Qué debe hacer un organismo público si no tiene en su poder algunos documentos pedidos en una solicitud de transparencia?

En este caso, el Consejo ordenó a la municipalidad que, si un antecedente no existe o no obra en su poder, lo señale de manera expresa y fundada tanto al reclamante como al Consejo, en lugar de simplemente no responder.

¿Qué plazo tiene un municipio para cumplir una resolución del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo?

En este caso, se otorgó a la Municipalidad de Papudo un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para cumplir, debiendo acreditar la entrega. Contra la resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en 15 días corridos.

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