Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoAcoge

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo de acceso a la informaci…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo de acceso a la información presentado contra el Hospital Clínico San Borja Arriarán, ordenando la entrega del listado de sumarios e investigaciones sumarias instruidos desde 2018. Respecto de la copia de 133 expedientes disciplinarios terminados por distracción indebida de funcionarios, el Consejo los rechazó, por mayoría, por considerar que el órgano no acreditó de modo fehaciente que su entrega afectara el debido cumplimiento de sus funciones, en los términos del artículo 21 N° 1, letra c), de la Ley de Transparencia. Un consejero disidente estimó que dicha entrega debió acogerse, por ser relevante para verificar la regularidad de los procedimientos disciplinarios y el correcto ejercicio de la potestad sancionatoria. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, aunque los órganos de la Administración no pueden interponerlo cuando la denegación se fundó en esa causal.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un órgano de la Administración del Estado puede negarse a entregar sumarios administrativos alegando que su entrega afectaría el cumplimiento de sus funciones?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó la entrega de 133 expedientes disciplinarios porque el órgano no acreditó de modo fehaciente que su entrega afectara el debido cumplimiento de sus funciones, conforme al artículo 21 N° 1, letra c), de la Ley de Transparencia.

¿Qué pasa si el Consejo para la Transparencia niega el acceso a información pública por una causal de reserva?

Contra la decisión del Consejo procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, aunque, según el resumen, los órganos de la Administración no pueden interponerlo cuando la denegación se fundó en la causal del artículo 21 N° 1, letra c).

¿Se pueden entregar los listados de sumarios e investigaciones sumarias de un hospital público mediante amparo de acceso a la información?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente el amparo y ordenó la entrega del listado de sumarios e investigaciones sumarias instruidos desde 2018 por el Hospital Clínico San Borja Arriarán.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2022 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Hospital Clínico…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • Se rechaza el amparo deducido en contra del Hospital Clínico San Borja Arriarán por la…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Hospital San Pab…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Hospital Clínico…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Hospital Clínico…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.