El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019
Resumen
El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad relativo al artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que restringe la aplicación de penas sustitutivas a ciertos delitos, en particular el porte ilegal de armas. La parte requirente sostuvo que esa exclusión genera un trato desigual frente a delitos de igual o mayor gravedad que sí admiten dichas penas, limita de manera desproporcionada la facultad judicial de individualizar la pena y se aparta de la finalidad de reinserción social. Sin embargo, la parte resolutiva del fallo indica que, a juicio del tribunal, la aplicación del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798 en la gestión judicial pendiente no resulta contraria a la Constitución, y que la impugnación de dicho precepto fue desestimada. Un ministro previno que compartía el rechazo, por considerar que el legislador puede fijar delitos y penas dentro de sus facultades constitucionales y que la severidad del tratamiento penal no es reprochable en el caso concreto. Se resolvió así el requerimiento, con el resultado registrado como acogido parcialmente.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 9, de Ley N° 17.365
artículo 141, inciso tercero, de Código Penal
artículo 141, inciso cuarto, de Código Penal
artículo 141, inciso quinto, de Código Penal
artículo 142, de Código Penal
artículo 361, de Código Penal
artículo 362, de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
Preguntas frecuentes
¿Es constitucional excluir del beneficio de penas sustitutivas al delito de porte ilegal de armas según la Ley N° 18.216?
En este caso, el Tribunal Constitucional resolvió el requerimiento de inaplicabilidad contra la exclusión de penas sustitutivas para el porte ilegal de armas, concluyendo que la aplicación del precepto impugnado en la gestión pendiente no resulta contraria a la Constitución.
¿Puede una exclusión legal de penas sustitutivas vulnerar la igualdad ante la ley y la facultad judicial de individualizar la pena?
En este caso, la parte requirente sostuvo que la exclusión generaba un trato desigual frente a delitos de igual o mayor gravedad y limitaba la facultad judicial de individualizar la pena, argumentos que el tribunal no acogió en la parte resolutiva del fallo.
¿Puede el Tribunal Constitucional rechazar un requerimiento de inaplicabilidad contra una norma penal que excluye penas sustitutivas?
En este caso, el tribunal rechazó el requerimiento en lo relativo a la aplicación del precepto en la gestión judicial pendiente, y un ministro previno que compartía el rechazo por considerar que el legislador puede fijar delitos y penas dentro de sus facultades constitucionales.
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