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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Corporación Municipal de Sa…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Corporación Municipal de San Fernando, que había denegado el acceso a información sobre el otorgamiento de aportes fiscales extraordinarios y anticipos de subvención, conforme a la Ley 20.158, para acogerse al R.V.A. entre los años 2007 y 2012. El Consejo ordenó la entrega de las resoluciones de la división jurídica del Ministerio de Educación que concedieron esos recursos, de las rendiciones de cuentas de su uso y del listado de profesionales beneficiarios. Lo resolvió por tratarse de información pública relativa a la Administración del Estado y al uso de recursos públicos. Al mismo tiempo, en aplicación del principio de divisibilidad, dispuso tarjar datos personales y sensibles de contexto, como cédula de identidad, domicilio, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, teléfono y correo electrónico particular. Se ordenó cumplir en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, acreditando la entrega. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.

Normas citadas

  • Constitución Política de la República
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoOtros; Educación

Preguntas frecuentes

¿Procede acceder a la información sobre aportes fiscales extraordinarios entregados a una corporación municipal para un programa de retiro de profesores?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y ordenó entregar las resoluciones que concedieron esos recursos, por tratarse de información pública sobre el uso de recursos públicos. Además, dispuso tarjar los datos personales y sensibles de los beneficiarios.

¿Qué datos personales pueden omitirse al entregar información pública que contiene antecedentes de particulares?

En este caso, el Consejo aplicó el principio de divisibilidad y ordenó tarjar datos personales y sensibles de contexto, como cédula de identidad, domicilio, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, teléfono y correo electrónico. El resto de la información debía entregarse.

¿Qué recurso procede contra una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

Según este fallo, contra la decisión del Consejo procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva. El Consejo también fijó un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para cumplir.

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