Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Corporación Municipal de San Fernando, que había denegado el acceso a información sobre el retiro voluntario anticipado de profesionales de la educación. Se ordenó entregar las resoluciones del Ministerio de Educación relativas a la acogida al retiro, las rendiciones de los recursos otorgados para su pago y el listado de los profesionales beneficiarios, por tratarse de información pública vinculada al uso de recursos públicos por parte de la Administración del Estado. En aplicación del principio de divisibilidad, el Consejo dispuso que, al entregarla, se tarjen los datos personales y sensibles de contexto, como cédula de identidad, domicilio, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, teléfono y correo electrónico particular. El organismo tiene un plazo de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para cumplir y acreditar la entrega; si parte de la información no obra en su poder, deberá informarlo fundadamente. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.