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El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado contra Gendarmería de Ch…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado contra Gendarmería de Chile, que había denegado el acceso a información sobre un funcionario público. La decisión mayoritaria acogió el amparo y ordenó entregar la información, al considerar que prima la transparencia de la función pública. Un consejero disidente estimó que la información sobre licencias médicas debía reservarse por afectar la protección de datos personales y la vida privada, y que el amparo debió rechazarse en ese punto. La resolución indica que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente dentro de 15 días corridos desde la notificación, conforme a la Ley de Transparencia, y que no procede el recurso de reposición del artículo 59 de la Ley N° 19.880.

Normas citadas

  • Ley N° 19.628
  • Código del Trabajo
  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 18.884
  • Artículo 2 del Código del Trabajo
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede el acceso a información sobre funcionarios públicos en Chile, como sus licencias médicas, cuando un organismo lo deniega?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo contra Gendarmería de Chile y ordenó entregar la información, por considerar que prima la transparencia de la función pública. Un consejero disidente estimó que las licencias médicas debían reservarse por afectar datos personales y la vida privada.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una resolución del Consejo para la Transparencia que resuelve un amparo?

Según esta resolución, procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente dentro de 15 días corridos desde la notificación, conforme a la Ley de Transparencia. Además, indica que no procede el recurso de reposición del artículo 59 de la Ley N° 19.880.

¿Procede el recurso de reposición contra las resoluciones del Consejo para la Transparencia en materia de amparos?

No. La resolución señala que no procede el recurso de reposición del artículo 59 de la Ley N° 19.880 contra ella, y que la vía es el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente.

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