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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un exonerado…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un exonerado político que, al haber acreditado dos desempeños laborales simultáneos, generó dos calidades de exonerado y, con ello, derecho a optar entre pensiones que se le podrían otorgar. Se determinó que su situación no está consolidada, pues no ha podido ejercer esa opción, la que no tiene plazo de caducidad. El organismo concluyó que el ex Ministerio del Interior actuó conforme a derecho al pedir al Instituto de Previsión Social calcular el beneficio eventual, y que la incompatibilidad con una pensión ya otorgada se regulará recién al ejercer la opción. Se fundamentó en que se trata de una ley de reparación y que la elección corresponde al propio extrabajador. En consecuencia, resolvió que el Instituto de Previsión Social debe cumplir lo ordenado, posibilitando la opción entre los beneficios, sin perjuicio de emitir posteriormente los actos administrativos pertinentes.

Normas citadas

  • ley 19260 art/4
  • ley 19234 art/3
  • ley 19234 art/9
  • ley 19234 art/10
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Un exonerado político que acreditó dos desempeños laborales simultáneos puede optar entre las pensiones que le correspondan?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que el exonerado, al tener dos calidades por sus dos desempeños, tiene derecho a optar entre las pensiones eventualmente otorgables, opción que corresponde al propio extrabajador.

¿Cuándo se considera consolidada la situación previsional de un exonerado político que aún no ha ejercido su opción de pensión?

La Contraloría determinó que la situación no está consolidada mientras el exonerado no haya podido ejercer la opción, la que no tiene plazo de caducidad, por lo que la incompatibilidad con una pensión ya otorgada se regulará al ejercerla.

¿Puede el Ministerio del Interior pedir al Instituto de Previsión Social calcular un beneficio eventual para un exonerado político?

En este caso, el organismo concluyó que el ex Ministerio del Interior actuó conforme a derecho al solicitar al Instituto de Previsión Social el cálculo del beneficio eventual, y ordenó a dicho Instituto posibilitar la opción entre los beneficios.

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