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El Consejo para la Transparencia resolvió un reclamo por infracción a las normas de tra…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa contra la Municipalidad de Villa Alemana, por publicación incompleta y desactualizada de información sobre personal, honorarios, compras públicas y patentes comerciales. La resolución acoge parcialmente el reclamo y ordena a la municipalidad subsanar las omisiones y acreditar su cumplimiento. Entre las medidas, se le exige publicar en su sitio de Transparencia Activa un enlace operativo a la plataforma de lobby regulada por la Ley N°20.730, dentro de un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento de multa conforme al artículo 47 de la Ley de Transparencia. Además, se encomienda a la Unidad de Fiscalización el seguimiento del cumplimiento. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.730
  • Ley N° 20.285
  • Resolución Exenta N° 500
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Resolución Exenta N° 500 de 2022
  • Oficio N° 758
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
reclamoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué obligaciones de transparencia activa puede tener una municipalidad en Chile respecto de la Ley de Lobby?

En este caso, el Consejo para la Transparencia ordenó a la Municipalidad de Villa Alemana publicar en su sitio de Transparencia Activa un enlace operativo a la plataforma de lobby regulada por la Ley N°20.730, dentro de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento de multa.

¿Qué pasa si un organismo público no cumple con publicar la información exigida por la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un reclamo por publicación incompleta y desactualizada en transparencia activa, ordenó subsanar las omisiones y acreditar el cumplimiento, y encomendó a su Unidad de Fiscalización el seguimiento, con apercibimiento de multa según el artículo 47 de la Ley de Transparencia.

¿Cuál es el plazo para reclamar de ilegalidad contra una decisión del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo indicó que contra su decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación.

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