Resumen
La Superintendencia de Seguridad Social respondió a un requerimiento parlamentario sobre la calificación del origen de una patología psiquiátrica de una trabajadora, bajo la Ley 16.744. El organismo reexaminó el expediente, que incluye un dictamen previo que había considerado la afección de origen común, a raíz de solicitudes del empleador y de la Mutualidad, y revisó nuevamente la antigua calificación. Concluyó que la patología es de origen común, pues no se acreditó una relación de causa directa entre factores de la organización del trabajo y su inicio y evolución, como exige el artículo 7 de la ley. Además, descartó menoscabo, discriminación, hostigamiento o vulneración de derechos fundamentales en el ejercicio del cargo, y señaló que el cuadro clínico puede explicarse por factores personales y no laborales. El organismo sostuvo que actuó conforme a sus facultades legales con los antecedentes disponibles en cada oportunidad.