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El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a la transparencia a…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a la transparencia activa contra la Municipalidad de San Felipe, por no mantener actualizada y completa, en su página de transparencia, la información sobre permisos de edificación del mes de diciembre de 2021, conforme al artículo 7 letra g) de la Ley 20.285. Tras revisar los descargos del órgano, el Consejo constató que los enlaces a los actos publicados se encontraban disponibles. Aun así, acogió el reclamo, pero declaró subsanada la infracción en atención a los avances logrados en la página de transparencia entre el informe de fiscalización y la decisión, los que deberán acreditarse en la etapa de cumplimiento. La resolución fue adoptada por unanimidad y contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.S. N° 13
  • D.F.L. N° 1
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
reclamoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si una municipalidad no mantiene actualizada la información de permisos de edificación en su página de transparencia activa?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el reclamo por infracción a la transparencia activa, pero declaró subsanada la infracción porque la página se mejoró entre el informe de fiscalización y la decisión, avances que deben acreditarse en la etapa de cumplimiento.

¿Si los enlaces a los actos publicados ya están disponibles, se puede rechazar un reclamo de transparencia activa?

En este caso, el Consejo constató que los enlaces estaban disponibles, pero aun así acogió el reclamo, porque la infracción existió al momento de la fiscalización y luego se declaró subsanada por los avances posteriores.

¿Contra qué resolución del Consejo para la Transparencia procede reclamo de ilegalidad y en qué plazo?

En este caso, la resolución que acogió el reclamo contra la Municipalidad de San Felipe admite reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación.

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