Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por supuesta infracción a las norma…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por supuesta infracción a las normas de transparencia activa contra el Servicio Nacional de Migraciones. La parte reclamante no cuestionaba la falta de publicación de información obligatoria en los sitios electrónicos del órgano, sino la ausencia de respuesta a un trámite migratorio de su interés. Por ello, el Consejo concluyó que no existía infracción al artículo 7º de la Ley de Transparencia ni al artículo 51 de su Reglamento, y que el reclamo carecía de un elemento habilitante para su interposición. En consecuencia, lo declaró inadmisible por unanimidad de sus miembros presentes. Contra esta decisión procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de quince días corridos desde la notificación, pero no el recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Procede reclamar ante el Consejo para la Transparencia por falta de respuesta a un trámite migratorio?

En este caso, el Consejo concluyó que no procede, porque el reclamo no cuestionaba la falta de publicación de información obligatoria (transparencia activa), sino la ausencia de respuesta a un trámite, y por ello lo declaró inadmisible.

¿Cuándo el Consejo para la Transparencia puede declarar inadmisible un reclamo por transparencia activa?

En este caso, el Consejo declaró inadmisible el reclamo por carecer de un elemento habilitante, al no existir infracción a los artículos 7º de la Ley de Transparencia ni 51 de su Reglamento, decisión adoptada por unanimidad.

¿Qué recurso procede contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un reclamo?

En este caso, se indicó que procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de quince días corridos desde la notificación, y no el recurso de reposición.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2023 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por presunta infracción a las norma…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por supuesta infracción a las norma…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las no…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las no…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • Resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un reclamo por inf…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.