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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una funcionar…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una funcionaria administrativa de salud, clasificada en la categoría e), que pretendía ser traspasada a la categoría c) de la ley N° 19.378, conforme a la ley N° 20.858. El organismo recordó que para ese traspaso se exige contar con un título técnico de nivel superior otorgado por un instituto profesional o centro de formación técnica reconocido, que el desempeño corresponda a las funciones propias de ese título y que los conocimientos adquiridos sean indispensables para la labor. Constató que la recurrente posee un título profesional de asistente social y que, a la fecha de publicación de la ley, se desempeñaba como secretaria en un centro de salud familiar de Puchuncaví. Concluyó que no cumple los requisitos de pertinencia exigidos, por lo que el traspaso no procede, y que la Municipalidad de Puchuncaví actuó ajustada a derecho.

Normas citadas

  • ley 20858 art/1 inc/1
  • ley 19378 art/5
  • dfl 2/2009 EDUCA art/54
  • ley 20858 art/1 inc/2
  • dto 119/2015 SALUD art/2
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Procede el traspaso de un funcionario de atención primaria de salud de la categoría e) a la categoría c) de la ley 19.378 conforme a la ley 20.858?

En este caso, la Contraloría sostuvo que no procede, porque el traspaso exige un título técnico de nivel superior de un instituto o centro reconocido, cuyas funciones correspondan a ese título y sean indispensables para la labor. La recurrente, que tiene título profesional y se desempeñaba como secretaria, no cumplió el requisito de pertinencia.

¿Qué requisitos debe cumplir un funcionario de salud municipal para pasar a la categoría c) según la ley 20.858?

En este caso, el organismo recordó que se requiere un título técnico de nivel superior otorgado por un instituto profesional o centro de formación técnica reconocido, que el desempeño corresponda a las funciones de ese título y que los conocimientos sean indispensables para la labor. Estos requisitos de pertinencia no se cumplían en el caso analizado.

¿Puede la municipalidad negar el traspaso a categoría c) de un funcionario de salud que no acredita pertinencia entre su título y sus funciones?

En este caso, la Contraloría concluyó que la Municipalidad de Puchuncaví actuó ajustada a derecho al negar el traspaso, ya que la funcionaria no cumplía los requisitos de pertinencia exigidos por la ley.

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