Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una servidora municipal contratada bajo el Código del Trabajo con posterioridad al 1 de septiembre de 2007, quien reclamaba ser encasillada en una categoría distinta a la que se le asignó tras el traspaso dispuesto por la ley N° 20.250. El organismo concluyó que el traspaso se ajustó a derecho: el traspaso debe hacerse según las labores que el servidor desempeñaba bajo su contrato a la fecha del traspaso, y la peticionaria, que cumplía funciones administrativas como secretaria de la Dirección de Salud de la Municipalidad de Maipú, fue correctamente incorporada en la categoría e) del artículo 5° de la ley N° 19.378, correspondiente a los Administrativos de Salud, por cumplir el requisito de estudios. Asimismo, precisó que la posesión de un curso de auxiliar paramédico no basta por sí sola para justificar otra clasificación, sin perjuicio de una eventual contratación posterior en otro estamento conforme al artículo 14 de la misma ley, y remitió un criterio previo sobre los requisitos para que una capacitación sea considerada en la carrera funcionaria.