Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República representó la Resolución N° 337, de 2016, del Se…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República representó la Resolución N° 337, de 2016, del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, que había sobreseído una investigación sobre el cambio de materialidad de la canalización eléctrica en la obra "Normalización Unidad de Pacientes Críticos HLCM". La objeción se refería al costo que el servicio habría pagado por retirar materiales instalados y reemplazarlos por tuberías que cumplieran la norma NCh4, de 2003, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, lo que podía vulnerar el artículo 5° de la ley N° 18.575 y la cláusula octava del contrato, que obligaba a la inspección técnica a controlar la ejecución según las especificaciones. El órgano de control señaló que la objeción fue comprobada en la auditoría, que el servicio no se pronunció sobre ello y que, al sobreseer, no acompañó antecedentes que acreditaran que no hubo un desembolso indebido ni otra prueba que desvirtuara el hecho. Por ello, se ordenó reabrir el proceso y determinar la eventual responsabilidad funcionaria.

Normas citadas

  • ley 18575 art/5
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede la Contraloría dejar sin efecto un sobreseimiento de una investigación sumaria si el servicio no acredita que no hubo un pago indebido?

En este caso, la Contraloría representó la resolución que sobreseyó la investigación porque el servicio no se pronunció sobre la objeción de auditoría ni acompañó antecedentes que acreditaran que no hubo un desembolso indebido. Por ello, ordenó reabrir el proceso y determinar la eventual responsabilidad funcionaria.

¿Qué ocurre si un servicio público paga por cambiar materiales de una obra ya instalados sin acreditar la necesidad del reemplazo?

En este caso, la Contraloría sostuvo que el costo del retiro y reemplazo de la canalización eléctrica por materiales que cumplieran la norma NCh4 podía vulnerar el artículo 5° de la ley N° 18.575 y la cláusula octava del contrato. La objeción fue comprobada en la auditoría y el servicio no la desvirtuó.

¿Qué obligación tiene la inspección técnica de una obra pública respecto de las especificaciones del contrato?

En este caso, la Contraloría recordó que la cláusula octava del contrato obligaba a la inspección técnica a controlar la ejecución de la obra según las especificaciones. Ese control es parte del análisis sobre si hubo un cambio de materialidad indebido.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2016 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República representa la Resolución N° 604, de 2015, del Se…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República se abstuvo de dar curso a la resolución N° 42, d…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República representó la resolución N° 172, de 2016, del Se…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República se abstuvo de tomar razón de la resolución N° 1.…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre un dictamen relativo a un sum…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.