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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la asignación establecida en…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la asignación establecida en el artículo 1° de la ley N° 19.490, cuya ordenación depende de los puntajes de evaluación y, en caso de empate, de los atrasos registrados por los trabajadores. Una funcionaria del Hospital Barros Luco Trudeau reclamó que se le contabilizaron atrasos indebidos, pues había sido autorizada a ingresar en un horario distinto al habitual, según un memorándum de la jefa de la Sala Cuna y Jardín Infantil. El órgano de control constató que los antecedentes no permitían establecer con claridad esa circunstancia, y desestimó la alegación del hospital de extemporaneidad del reclamo, por no haber acompañado prueba. En consecuencia, ordenó al hospital revisar la situación de la peticionaria y, si se confirma que los atrasos fueron indebidamente contabilizados, efectuar un nuevo ordenamiento para asignarle la ubicación que corresponda.

Normas citadas

  • ley 19490 art/1
  • dto 117/97 Salud art/4
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Cómo se ordena al personal para la asignación de la ley 19.490 cuando hay empate en el puntaje de evaluación?

En este caso, la Contraloría General de la República señaló que la ordenación depende de los puntajes de evaluación y, en caso de empate, de los atrasos registrados por los trabajadores. Por ello, si los atrasos se contabilizaron indebidamente, corresponde rehacer el ordenamiento.

¿Qué ocurre si un funcionario reclama atrasos contabilizados indebidamente porque fue autorizado a ingresar en otro horario?

En este caso, la Contraloría constató que los antecedentes no permitían establecer con claridad la autorización de horario alegada. Ordenó al hospital revisar la situación de la funcionaria y, si se confirma el error, efectuar un nuevo ordenamiento.

¿Puede un servicio público rechazar un reclamo por extemporáneo si no acompañó prueba al reclamo?

En este caso, la Contraloría desestimó la alegación del hospital de que el reclamo era extemporáneo por no haber sido acompañado de prueba. Así, el órgano de control no acogió ese argumento para declarar inadmisible la presentación.

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