Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si una funcionaria del Servicio de Registro Civil e Identificación, durante el permiso postnatal parental, tenía derecho a percibir el componente de desempeño colectivo de la asignación de modernización regulada en la ley N° 19.553. El organismo concluyó que, en ese periodo, la funcionaria no percibe remuneraciones sino solo el subsidio, por lo que sólo tiene derecho a las porciones mensuales de dicho componente devengadas antes del permiso y después de su término, pagadas en la cuota trimestral correspondiente. Por ello, declaró ajustada a derecho la actuación del Servicio, que pagó la segunda cuota en proporción a los días y meses trabajados. Además, en virtud del artículo 28 de la ley N° 20.717, ordenó que, al pagar el componente en 2015, el Servicio considere como laborado todo el tiempo en que la funcionaria gozó del descanso, sin perjuicio de los demás requisitos legales.