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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por un particular en contra…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por un particular en contra del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Maule, por la falta de entrega de información solicitada por la vía de la Ley de Transparencia. Durante la tramitación, el órgano reclamado se allanó al fundamento del amparo y remitió la información reclamada. En virtud de ello, el Consejo acogió el amparo, teniendo por cumplida la obligación de informar, aunque de forma extemporánea, con la notificación del acuerdo. Por el principio de facilitación, se ordenó remitir al reclamante copia de los antecedentes acompañados por el órgano. La decisión se adoptó por unanimidad y se indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos, sin perjuicio de las limitaciones establecidas para los órganos de la Administración.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si un órgano de la Administración no responde a una solicitud de información y luego entrega los datos durante el amparo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo porque el órgano se allanó y remitió la información durante la tramitación, aunque de forma extemporánea. Por el principio de facilitación, ordenó entregar copia de los antecedentes al reclamante.

¿Procede reclamar ante la Corte de Apelaciones contra una resolución del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo de acceso a la información?

En este caso, el Consejo indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos, sin perjuicio de las limitaciones establecidas para los órganos de la Administración.

¿Cómo resuelve el Consejo para la Transparencia un amparo cuando el órgano reclamado se allana al fundamento del reclamo?

En este caso, el Consejo tuvo por cumplida la obligación de informar, aunque con notificación extemporánea del acuerdo, y acogió el amparo por unanimidad. El órgano reclamado se allanó y remitió la información reclamada durante la tramitación.

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