Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por un solicitante en contra del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), que buscaba acceder a determinados antecedentes. El organismo reclamado declaró que la información requerida no obra en su poder, y en el procedimiento no existieron antecedentes que permitieran desvirtuar esa declaración. Para resolver, el Consejo recordó su criterio previo según el cual la información que puede ordenar entregar debe constar en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos o acuerdos, o en un soporte determinado, conforme al artículo 10 de la Ley de Transparencia. Por unanimidad de sus miembros presentes, acordó rechazar el amparo. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro de 15 días corridos desde la notificación.