Resumen del criterio jurisprudencial
El Fiscal del Ministerio Público, en audiencia convocada para tal efecto y con el acuerdo previo de imputada y Defensa, solicita la suspensión condicional del procedimiento en base a las condiciones de abstenerse de frecuentar el domicilio y a la persona de la víctima, acudir periódicamente al Ministerio Público y pagar una indemnización que se fija en la suma de $50.000. Se deja constancia que se oye a la víctima en la audiencia quien señala no estar de acuerdo con el monto de la indemnización pues no alcanza a cubrir los gastos en que incurrió, los que ascienden a la suma de $100.000. El tribunal deja constancia de esta circunstancia y dicta resolución decretando la suspensión condicional estableciendo como condiciones las de las letras b) y g) del artículo 238 y, en cuanto a la indemnización, ésta la fija en la suma de $80.000, importando una clara demostración de los derechos de las víctimas en el nuevo sistema.