Resumen del criterio jurisprudencial
El comprobante de pago de las remuneraciones de los docentes que de conformidad a lo establecido en el artículo 5° transitorio de la Ley N°20.903 han optado por excluirse del sistema de desarrollo profesional y que, por ende, mantienen su última remuneración mensual, deben reflejar solo ésta última, no siendo procedente continuar consignando en el mismo las asignaciones y estipendios que hasta antes de esa fecha, debían percibir los referidos docentes.