Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la petición de renuncia de un…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la petición de renuncia de un alto directivo público durante su feriado. Concluyó que dicha petición es válida y no está sujeta a formalidades específicas, y que no corresponde pagar remuneraciones por los días no trabajados tras el cese, debiendo descontarse de la remuneración mensual el monto de esos días, sin irregularidad en la actuación administrativa. Respecto de la indemnización del artículo 154 de la ley N° 18.834, sostuvo que procede considerar la asignación de modernización, pero solo en la parte devengada en el último mes calendario trabajado, conforme a sus dictámenes previos y al artículo quincuagésimo octavo de la ley N° 19.882. Finalmente, indicó que, aunque el servicio informó medidas para regularizar la falta de recursos para pagar esa compensación, el asunto se encuentra en vías de solución, debiendo el servicio acreditar el pago efectivo ante el órgano contralor.

Normas citadas

  • dfl 2/2011 inter art/1 lt/A num/1/2
  • ley 18834 art/148
  • ley 18834 art/150 lt/d
  • ley 18834 art/154
  • ley 19882 art/quincuagésimo octavo inc/2
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Es válida la petición de renuncia que un alto directivo público hace durante su feriado y debe pagársele el tiempo no trabajado tras el cese?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que la petición de renuncia es válida y no requiere formalidades específicas. Sostuvo que no corresponde pagar remuneraciones por los días no trabajados después del cese, debiendo descontarse de la remuneración mensual el monto correspondiente.

¿Cómo se calcula la asignación de modernización en la indemnización del artículo 154 de la ley 18.834 para un alto directivo público?

En este caso, la Contraloría sostuvo que procede considerar la asignación de modernización, pero solo en la parte devengada en el último mes calendario trabajado. Lo fundó en sus dictámenes previos y en el artículo quincuagésimo octavo de la ley 19.882.

¿Qué ocurre si un servicio público no tiene recursos para pagar la indemnización de un directivo que cesó en su cargo?

En este caso, la Contraloría indicó que, aunque el servicio informó medidas para regularizar la falta de recursos, el asunto está en vías de solución. Deberá acreditar el pago efectivo ante el órgano contralor.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2014 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la petición de una exfunciona…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de una alta direct…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un exfunciona…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República tomó razón de la resolución N° 206, de 2014, del…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República conoció de la resolución N° 108, de 2014, del In…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.