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Seguridad social

La Superintendencia de Seguridad Social se pronunció sobre licencias médicas otorgadas…

Dictamen · Superintendencia de Seguridad Social · 2012

Resumen

La Superintendencia de Seguridad Social se pronunció sobre licencias médicas otorgadas a una trabajadora que estuvo afiliada simultáneamente a FONASA y a una ISAPRE, en calidad de carga de su cónyuge. Se discutía dónde debían cotizarse sus aportes y ante qué entidad tramitarse las licencias. El organismo concluyó que, al dejar de cumplir los requisitos de causante de asignación familiar, el cónyuge debió retirarla del contrato con la ISAPRE, por lo que pudo cotizar válidamente en FONASA. Además, el contrato con la ISAPRE tenía vigencia hasta octubre de 2008. En consecuencia, ordenó a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez admitir a trámite y pronunciarse sobre las licencias otorgadas entre el 2 de enero y el 20 de mayo de 2012, requiriendo las licencias a la Caja de Compensación de Asignación Familiar Gabriela Mistral o a la interesada, según corresponda.

Normas citadas

  • Ley 18.469
  • ley 18.933, artículo 41
Afiliados a fonasaAfiliados a isapre

Preguntas frecuentes

¿Puede una trabajadora cotizar en FONASA si estuvo afiliada simultáneamente a una ISAPRE como carga de su cónyuge?

En este caso, la Superintendencia de Seguridad Social concluyó que, al dejar de cumplir el cónyuge los requisitos de causante de asignación familiar, debió retirar a la trabajadora del contrato con la ISAPRE, por lo que ella pudo cotizar válidamente en FONASA.

¿Qué debe hacer la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez con licencias médicas cuando hay dudas sobre la entidad donde se cotizaba?

En este caso, el organismo ordenó a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez admitir a trámite y pronunciarse sobre las licencias otorgadas en el período indicado, requiriéndolas a la Caja de Compensación correspondiente o a la interesada, según el caso.

¿Hasta cuándo tiene vigencia un contrato de salud con una ISAPRE cuando una persona figura como carga de otro afiliado?

En este caso, la Superintendencia de Seguridad Social constató que el contrato con la ISAPRE tenía vigencia hasta octubre de 2008, antecedente que sirvió para determinar dónde debían cotizarse los aportes de la trabajadora.

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