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Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social que resuelve la tramitación de lice…

Dictamen · Superintendencia de Seguridad Social · 2013

Resumen

Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social que resuelve la tramitación de licencias médicas prenatal y postnatal de una trabajadora que, durante su reposo, cambió su calidad de afiliada desde FONASA a una ISAPRE. Se interpreta la normativa sobre cargas médicas y beneficiarios con aporte, concluyendo que la licencia prenatal debe ser tramitada íntegramente por FONASA, ya que comenzó y terminó mientras la trabajadora era afiliada a ese sistema. En cuanto a la licencia postnatal, debe dividirse: FONASA debe autorizar el período en que la trabajadora aún era afiliada a ese sistema, y la ISAPRE debe autorizar el resto del descanso, a partir de la fecha de inicio de vigencia del contrato de salud con dicha institución.

Normas citadas

  • Ley 18.469
  • ley 18.933, artículo 41
Afiliados a fonasaAfiliados a isapreCarga médicaCausanteIsapreOrganismos competentesReclamaciones

Preguntas frecuentes

¿Qué institución debe tramitar la licencia prenatal si la trabajadora cambia de FONASA a una ISAPRE durante el reposo?

En este caso, la Superintendencia de Seguridad Social concluyó que la licencia prenatal debe ser tramitada íntegramente por FONASA, porque comenzó y terminó mientras la trabajadora era afiliada a ese sistema.

¿Cómo se divide la licencia postnatal si la trabajadora cambia de FONASA a una ISAPRE durante el descanso?

En este caso, la licencia postnatal debe dividirse: FONASA autoriza el período en que la trabajadora seguía afiliada a ese sistema, y la ISAPRE autoriza el resto del descanso, desde el inicio de vigencia de su contrato de salud con esa institución.

¿Qué criterio aplica la Superintendencia para determinar la institución competente ante un cambio de sistema de salud durante una licencia médica?

En este caso, el dictamen interpretó la normativa sobre cargas médicas y beneficiarios con aporte, y determinó la competencia según el sistema de salud al que estaba afiliada la trabajadora en cada período del descanso.

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