Resumen del criterio jurisprudencial
Procede que funcionaria del hospital que indica siga percibiendo el pago por efectuar trabajos extraordinarios en sistema de turnos, mientras se encuentra embarazada, mas no en los períodos en que haga uso de licencias médicas, feriados y permisos con goce de remuneración. Para tener derecho a la asignación de turno es necesaria la existencia del cupo financiero respectivo. Reconsidera dictamen N° 18.024, de 2011.