Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el caso de una funcionaria que, debido a su embarazo, fue trasladada a otras labores y reclamó el derecho a mantener la asignación de turno. El organismo recordó que, conforme al artículo 202 del Código del Trabajo, la reubicación no puede implicar una reducción de remuneraciones, pero precisó que la asignación de turno requiere, además del desempeño en puestos de atención continua, la existencia de un cupo financiero previsto en la Ley de Presupuestos y asignado mediante resolución anual del director del establecimiento. Por ello, no es posible determinar si la funcionaria tenía derecho a ese beneficio al momento del traslado, ya que depende de si contaba con un cupo financiero asignado. En consecuencia, ordenó al hospital revisar su situación e informar, en un plazo de 15 días hábiles, si a la época de la reubicación ya se le había concedido alguno de esos cupos, caso en el cual deberá mantener la asignación durante todo el embarazo.