Resumen del criterio jurisprudencial
Nelson William Soto Tapia interpuso una demanda de cese de alimentos contra su hija Bianca Catalina Soto Vigoreña, quien ya tiene 27 años, título universitario y empleo. La parte demandada fue notificada pero no respondió dentro del plazo legal. En la audiencia de juicio se presentaron pruebas como certificado de nacimiento, inscripción en el registro de prestadores de salud y un informe Previred. El tribunal constató que la demandada ya no posee la calidad de alimentaria al haber completado su formación y contar con ingresos propios. Con base en los artículos 321 y 323 del Código Civil y la normativa de familia, se declaró el cese de la pensión alimenticia. No se condenó en costas a la parte demandada.