Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoce de un recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente en contra de la resolución que declaró inadmisible, en cuenta, el recurso de protección deducido. El tribunal de origen había rechazado la admisibilidad del recurso de protección presentado por ARILUS contra el Servicio Nacional Migraciones. La Corte Suprema recuerda que el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección exige examinar en cuenta si se mencionan hechos que puedan vulnerar garantías del artículo 20 de la Constitución. De los antecedentes constata que en el libelo se señalaron hechos eventualmente constitutivos de vulneración de tales garantías. En consecuencia, revoca la resolución apelada y declara admisible el recurso de protección, ordenando su tramitación correspondiente.