Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció de un recurso de apelación interpuesto contra la resolución que declaró inadmisible, en cuenta, un recurso de protección. El tribunal de primera instancia consideró que no se mencionaban hechos que pudieran constituir vulneración de garantías constitucionales. La Corte Suprema, al revisar los antecedentes, concluyó que el libelo sí mencionaba hechos que eventualmente podían configurar dicha vulneración. Por ello, revocó la resolución apelada y declaró admisible el recurso de protección, ordenando darle la tramitación correspondiente. La decisión se fundó en el artículo 20 de la Constitución Política y en el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección.