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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la improcedencia de la indemn…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la improcedencia de la indemnización del artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070 a docentes municipales cuyo cargo fue declarado vacante conforme al artículo 3° transitorio de la ley N° 20.158. Según el inciso cuarto de este último precepto, el beneficio de vacancia es incompatible con toda indemnización por término del vínculo laboral o años de servicio que pudiera corresponder al educador, especialmente la del artículo 2° transitorio del Estatuto Docente. La jurisprudencia administrativa previa (dictámenes N°s. 67.968, de 2009, y 21.418, de 2011) ya había precisado que no procede acumular ambos beneficios. Los dictámenes N°s. 48.218 y 49.601, de 2011, invocados por las recurrentes, no se refieren a esta situación, por lo que no resultan aplicables. En consecuencia, el órgano concluyó que las peticionarias no tienen derecho a percibir el resarcimiento reclamado.

Normas citadas

  • ley 20158 art/3 tran inc/1
  • ley 20158 art/2 tran
  • ley 20158 art/3 tran inc/4
  • ley 19070 art/2 tran
  • ley 20501 art/9 tran
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Un docente municipal cuyo cargo fue declarado vacante por la ley 20.158 puede cobrar también la indemnización del artículo 2° transitorio de la ley 19.070?

No. En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que el beneficio de vacancia del artículo 3° transitorio de la ley 20.158 es incompatible con la indemnización del artículo 2° transitorio del Estatuto Docente, por lo que no procede acumularlas.

¿Son compatibles la indemnización por años de servicio del Estatuto Docente y el beneficio de vacancia de la ley 20.158?

No son compatibles. Según el dictamen, el inciso cuarto del artículo 3° transitorio de la ley 20.158 excluye toda indemnización por término del vínculo o años de servicio que pudiera corresponder al educador, y la jurisprudencia previa ya había señalado que no procede acumular ambos beneficios.

¿Los dictámenes de 2011 que invocan los docentes pueden aplicarse para reclamar la indemnización junto con la vacancia?

No. En este caso, la Contraloría concluyó que los dictámenes N°s. 48.218 y 49.601, de 2011, no se refieren a la situación de docentes con cargo declarado vacante, por lo que no son aplicables y las peticionarias no tienen derecho al resarcimiento reclamado.

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