Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la posibilidad de que un juez de policía local de la comuna de Lago Verde, que aún no ha asumido sus funciones, sea contratado a honorarios por la municipalidad. El órgano concluyó que ello es procedente siempre que se cumplan los requisitos de los artículos 4° y 85, letra b), de la ley N° 18.883. Explicó que el juez puede prestar servicios a honorarios fuera de su jornada ordinaria y que puedan cumplirse física y materialmente, y que el artículo 4° permite contratos a honorarios solo para cometidos específicos, transitorios y singularizados, no para desempeñar un cargo público mediante tareas genéricas. Además, reiteró que el municipio debe instalar a la brevedad el tribunal, y que si carece de recursos, debe realizar las modificaciones presupuestarias necesarias e informarlo a la Contraloría Regional de Aysén en un plazo de 20 días.