La Contraloría General de la República se pronunció sobre el bono especial de permanenc…
Dictamen · Contraloría General de la República · 2014
Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el bono especial de permanencia del artículo 8° de la ley N° 20.734, en relación con funcionarios de una repartición pública que cambiaron al escalafón profesional con posterioridad a la publicación de esa ley. El dictamen concluye que la calidad profesional que se considera para acceder al beneficio es la que tenía el servidor a la fecha en que cesó en sus labores, pues la norma exige percibir la bonificación del artículo 4° de la misma ley, que supone haber cesado en el cargo. Por lo tanto, estos funcionarios tienen derecho al bono si cumplen las demás exigencias legales. Además, advierte que las facultades de los jefes de servicio para ingresar funcionarios a los escalafones no pueden ejercerse arbitrariamente ni de modo que infrinja el deber de probidad, debiendo orientarse al interés general conforme a la ley N° 18.575.
Normas citadas
ley 20734 art/8
ley 20734 art/4
dl 479/74 art/3 ley 19882 art/séptimo
ley 18575 art/31 inc/2
ley 18575 art/53
ContraloríaCGRdictamen
Preguntas frecuentes
¿Tiene derecho al bono especial de permanencia del artículo 8° de la ley N° 20.734 un funcionario que cambió de escalafón después de publicada la ley?
Sí. En este caso, la Contraloría sostuvo que la calidad profesional que se considera es la que tenía el servidor al cesar en sus labores, pues la norma exige haber percibido la bonificación del artículo 4°, lo que supone el cese en el cargo. Estos funcionarios tendrían derecho si cumplen las demás exigencias legales.
¿Puede un jefe de servicio incorporar funcionarios a un escalafón de manera discrecional?
No. En este dictamen, la Contraloría advirtió que las facultades de los jefes de servicio para ingresar funcionarios a los escalafones no pueden ejercerse arbitrariamente ni infringiendo el deber de probidad. Deben orientarse al interés general, conforme a la ley N° 18.575.
¿Cuál es la calidad profesional que debe considerarse para acceder al bono de permanencia de la ley N° 20.734?
Según este dictamen de la Contraloría, debe considerarse la calidad que el servidor tenía a la fecha en que cesó en sus labores, y no la que adquirió después por un cambio de escalafón. Ello porque la norma exige percibir la bonificación del artículo 4°, que supone haber cesado en el cargo.
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.
Dictamen · Contraloría General de la República · 2015
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.