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La Contraloría General de la República concluyó que la letra b) del artículo 2° de la l…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República concluyó que la letra b) del artículo 2° de la ley N° 20.734 no es aplicable a un ex funcionario que cesó en sus funciones antes de la vigencia de dicha ley, el 3 de marzo de 2014, ya que esa norma alcanza solo a quienes se encontraban en funciones a esa fecha. En cuanto al monto de la bonificación adicional de 395 unidades de fomento que establecen los artículos 4° y 5° de la misma ley, y que el artículo 11 extiende a ex funcionarios que cesaron entre el 1 de enero de 2011 y el día anterior a su publicación, el dictamen determinó que el valor de la unidad de fomento a considerar es el vigente a la fecha del cese de funciones, según lo dispone el inciso cuarto del artículo 4°. Como el recurrente se desvinculó en agosto de 2013, esa es la fecha que debió utilizarse para calcular el beneficio. El organismo ordenó transcribir el pronunciamiento al Instituto de Previsión Social, a la Dirección de Presupuestos y a la División de Personal de la Administración del Estado.

Normas citadas

  • ley 20734 art/2 lt/b
  • ley 20734 art/4 inc/1
  • ley 20734 art/5
  • ley 19882 art/noveno
  • ley 20734 art/3
  • ley 20734 art/11 inc/1
  • Ctr art/161 inc/1
  • ley 20734 art/11 inc/fin
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿La bonificación de la ley 20.734 se aplica a un ex funcionario que dejó su cargo antes de la entrada en vigencia de la ley?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que la letra b) del artículo 2° de la ley 20.734 no se aplica a un ex funcionario que cesó en sus funciones antes de la vigencia de la ley, porque esa norma alcanza solo a quienes estaban en funciones a esa fecha.

¿Qué fecha se usa para convertir a pesos la unidad de fomento en el cálculo de la bonificación adicional de la ley 20.734?

En este caso, el dictamen determinó que debe considerarse el valor de la unidad de fomento vigente a la fecha del cese de funciones, según el inciso cuarto del artículo 4°, y no otra fecha. El recurrente se desvinculó en agosto de 2013, y esa fecha fue la que debió utilizarse para calcular el beneficio.

¿Qué organismos deben conocer un dictamen de la Contraloría sobre la bonificación de la ley 20.734?

En este caso, la Contraloría ordenó transcribir el pronunciamiento al Instituto de Previsión Social, a la Dirección de Presupuestos y a la División de Personal de la Administración del Estado.

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