Resumen
El recurso de amparo fue interpuesto por A.A.V.V.G. en contra del Servicio Nacional de Migraciones, tras el rechazo de su solicitud de residencia temporal, orden de abandono y prohibición de ingreso por cinco años, mediante Resolución Exenta N°2600100297089 de 20 de mayo de 2026. La administración fundó su decisión en la falta de certificado de antecedentes penales legalizado o apostillado, contrato de trabajo firmado ante notario y documentación que acreditara sustento económico. La Corte Suprema consideró que la medida era desproporcionada, especialmente por la crisis social, política e institucional en el país de origen del amparado, que dificulta la obtención de documentos, y por su residencia de nueve años en Chile sin antecedentes penales. En consecuencia, revocó la sentencia apelada y acogió el recurso, dejando sin efecto la resolución impugnada y ordenando reabrir el procedimiento administrativo, otorgando un plazo de 180 días para completar la documentación requerida.