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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Subsecretaría de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Subsecretaría de Salud Pública, ordenando entregar información sobre el número de fallecidos cuyo estado de vacunación cambió a "sin vacuna" según fecha de pesquisa, desde el inicio de la pandemia hasta el 11 de noviembre de 2021. Antes de la entrega, el organismo deberá reservar datos personales y sensibles que permitan identificar a los pacientes. Si la información no existe o no está en su poder, deberá comunicarlo detalladamente. La decisión se funda en que se trata de información pública que debe obrar en la Subsecretaría conforme a sus funciones, por haber entregado información distinta a la solicitada, por desestimarse la causal de reserva del artículo 21 N°1 letra c) de la Ley de Transparencia y por no cumplir con el estándar de la Instrucción General N°10. Además, se advierte que la no entrega oportuna puede ser sancionada con multa.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 19.880
  • Decreto supremo N° 136
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 2.763
  • Decreto ley N° 2.763
  • D.F.L. N° 1
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un organismo público puede negarse a entregar cifras de fallecidos por COVID-19 alegando que se trata de datos personales o sensibles?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y ordenó a la Subsecretaría de Salud Pública entregar la información, pero debiendo reservar los datos personales y sensibles que permitan identificar a los pacientes. Desestimó la causal de reserva del artículo 21 N°1 letra c) de la Ley de Transparencia.

¿Qué debe hacer un organismo si no tiene la información que le piden por transparencia?

En este caso, el Consejo resolvió que, si la información no existe o no está en poder de la Subsecretaría, esta debe comunicarlo de manera detallada al solicitante. Además, advirtió que la no entrega oportuna puede ser sancionada con multa.

¿Qué pasa si un organismo entrega información distinta a la que se le pidió en una solicitud de acceso?

En este caso, el Consejo consideró que la Subsecretaría de Salud Pública entregó información distinta a la solicitada, lo que fue uno de los fundamentos para acoger el amparo. Así, se ordenó entregar la información efectivamente requerida.

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